#ACOPRENSA -176 casos activos en el departamento y la cifra de personas recuperadas asciende a 433. De los activos, en Medellín hay 112 casos y los 64 restantes están distribuidos así en los siguientes municipios: Ituango (28), Bello (4), Apartadó (7), Copacabana (4), Envigado (2), Cisneros (1), Itagüí (3), El Bagre (1), Turbo (4), Rionegro (1), Sabaneta (4), Marinilla (2), La Estrella (2) y El Carmen de Viboral (1). .

Invitación Pública para elección de ESALES en la junta metropolitana

 


ÁREA METROPOLITANA DEL VALLE DE ABURRÁ

​INVITACIÓN PÚBLICA

Para la elección del representante de las entidades sin ánimo de lucro en la Junta Metropolitana, cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables.

La Directora del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 5° de la ley 1625 de 2013 y atendiendo el procedimiento establecido en la Resolución Metropolitana No. 00-000284 de febrero 26 del 2024, invita a las entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, domiciliadas en la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, para participar en la elección de su representante en la Junta del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, para lo que debe tenerse en cuenta:


REQUISITOS

​Quienes aspiren a participar en la elección de su representante ante la Junta Metropolitana, allegarán a la sede del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, los siguientes documentos y soportes:

  • Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por Cámara de Comercio o la entidad que haga sus veces, con fecha de expedición no mayor a treinta días (30) calendarios contados a partir de la fecha límite para la recepción de documentos. La entidad sin ánimo de lucro deberá haber sido constituida por lo menos con un (1) año de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

  • Certificado(s) en donde conste la ejecución durante los últimos tres años y en la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, de mínimo un proyecto o actividad en defensa y protección de los recursos naturales renovables y medio ambiente por parte de la respectiva entidad sin ánimo de lucro. Los certificados expedidos por la entidad pública o privada que financió o contrató su desarrollo deberán contener: objeto, valor, plazo, localización y cumplimiento.      
  1. Para postular candidatos representantes ante la Junta Metropolitana, allegarán adicionalmente los siguientes documentos en el lugar y fecha señalados en el cronograma de la convocatoria.
  • Hoja de Vida del candidato con sus soportes de formación profesional, capacitaciones y experiencia en materia de recursos naturales renovables y medio ambiente.

  • Copia del documento de la junta directiva de la ESAL o del órgano que haga sus veces, en el cual conste la designación del miembro de la ESAL como candidato.
     
  • Declaración de no estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, establecidas para los miembros de Junta Metropolitana conforme a lo establecido en el artículo 53 del Acuerdo Metropolitano No. 010 de 2013.
     
    De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5° del artículo 15 de la Ley 1625 de 2013, las entidades sin ánimo de lucro deberán tener su domicilio en el área de jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá y como objeto principal la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables.

    Solo podrá postularse un (1) candidato por cada Entidad Sin Ánimo de Lucro.

Los documentos deberán ser presentados en sobre cerrado y debidamente foliados, en el lugar y fecha señalados en el cronograma establecido en la resolución que realiza la respectiva convocatoria.







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